lunes, 25 de julio de 2016

Declaración de INTERÉS MUNICIPAL - Decreto Nº 45.163 / 2.016 - CONCEJO MUNICIPAL DE ROSARIO (CMR) - Jornada: "Las religiosas y los religiosos víctimas del terrorismo de Estado, de la última dictadura militar, en la República Argentina”



Concejo Municipal de Rosario

Dirección General de Despacho

 

LA MUNICIPALIDAD DE ROSARIO HA SANCIONADO EL SIGUIENTE

 

D E C R E T O

(Nº 45.163)

Artículo 1°.- Declárase de Interés Municipal la Jornada de Difusión y Reflexión, organizada por el Centro de Investigación, Estudio y Capacitación Eclesiástica y Teológica (CIECET) y coordinada por el Pr. Carlos Agustín Luque Ahuban, que se realizará el día viernes 15 de Abril del corriente año, de 18 a 22 hs., en el Museo de la Memoria de la ciudad de Rosario, Auditorio “Iván Hernández Larguía”, cuya temática será: “las religiosas y los religiosos víctimas del terrorismo de Estado, de la última dictadura militar, en la República Argentina”.

Art. 2°.- Enviar atenta nota de estilo con fotocopia autenticada del presente Decreto a los organizadores, con la transcripción del artículo 4° de la Ordenanza N 7.986/06, que establece: “El/los organizador/es de todo evento y/o acontecimiento que sea declarado de Interés Municipal, deberá elevar al Concejo Municipal dentro de los noventa (90) días a posteriori de su realización, un documento que informe las conclusiones obtenidas, las ponencias debatidas, el objetivo logrado, los resultados y/o toda la información relevante inherente al tipo de acontecimiento realizado y reconocido con esta distinción, con el fin de aportar al Concejo los avales científicos y técnicos para el reconocimiento y resolución de distintas problemáticas de la ciudad de Rosario, y la información relevante de cada evento para su conocimiento, evaluación, análisis y/o difusión. Cuando las mismas sean de interés general y contribuyan a elevar la calidad de vida de los ciudadanos rosarinos, el Concejo Municipal se hará cargo de su difusión a través del medio que crea conveniente. El informe presentado será reclamado por la Presidencia del Concejo Municipal y podrá ser publicado en la página web de la Municipalidad de Rosario. De no presentarse dentro de los 90 días el informe anteriormente mencionado, el Concejo automáticamente rechazará toda nueva solicitud para obtener la declaración de interés municipal de dicho evento”.

Art. 3°.- Encomiéndase poner en conocimiento de la entidad organizadora el artículo 7 de la Ordenanza N 7.986/06 modificado por Ordenanza 8.559 que establece: “Cuando se otorgue el reconocimiento de “Interés Municipal” en los supuestos del artículo que antecede, los beneficiados por tal mención deberán otorgar un mínimo de 10 becas, o entradas, o acreditaciones, u otro tipo de habilitación de ingreso, sin importar el costo de la actividad al Concejo Municipal, quien las entregará a Escuelas, Universidades, O.N.Gs. o Instituciones de bien público a través de la Comisión de Labor Parlamentaria. En el caso en que la mención sea entregada por una obra escrita o audiovisual, los beneficiarios deberán donar, a través de la Comisión de Labor Parlamentaria, como mínimo un ejemplar de la misma a bibliotecas Municipales de la ciudad de Rosario.”

Art. 4°.- Comuníquese a la Intendencia, publíquese y agréguese al D.M.

Sala de Sesiones, 7 de Abril de 2016.-


Sello y Firma:
SILVIA RODRIGUEZ SOTO
SECRETARIA ADMINISTRATIVA
CONCEJO MUNICIPAL DE ROSARIO

Sello:
MUNICIPALIDAD DE ROSARIO – CONCEJO MUNICIPAL

Sello y Firma:
DANIELA LEON
PRESIDENTA
CONCEJO MUNICIPAL DE ROSARIO




Expte. Nº 227.586-C-2016 C.M.-
Expte. Nº 12078-C-2016
Fs.2
Decreto Nº 45.163

//sario, 02 de mayo de 2016.

Cúmplase, comuníquese y dese a la Dirección General de Gobierno.


Firma y Sello:
LIC. GUSTAVO F. LEONE
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Rosario

Firma y Sello:
Dra. MÓNICA FEIN
Intendenta
Municipalidad de Rosario
























































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