martes, 2 de junio de 2020

[ SANTA FE – NORMATIVA ] – Apertura y actividades religiosas individuales en iglesias, templos y lugares de culto de cercanía … en la PROVINCIA DE SANTA FE a partir del DECRETO Nº 0449 (27/05/2.020) …







Extracto … DECRETO Nº 0449 ( 27/05/2.020 )

Provincia de SANTA FE 

Poder Ejecutivo 

DECRETO Nº 0449 

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional” 27 MAY 2020

VISTO:

La Decisión Administrativa Nº  810/20 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, por lo cual se amplía el listado de actividades y servicios exceptuados del “aislamiento social preventivo y obligatorio” y la prohibición de circular establecido en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nº 297/20 y sus normas complementarias, en todo el territorio nacional, con excepción del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) de acuerdo con la definición del Decreto (DNU) Nº 459/20; y

CONSIDERANDO:

 Que por su artículo 1º se incluyen entre las nuevas actividades exceptuadas a las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio y a la prohibición de circular, a las “actividades religiosas individuales en iglesias, templos y lugares de culto de cercanía, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos. En ningún caso, tales actividades podrán consistir en la celebración de ceremonias que impliquen reunión de personas”.

Que la Decisión Administrativa referida fue dictada por la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación …

... Que por Decreto Nº 0393 del 11 de mayo de 2020  la Provincia de Santa Fe adhiere a las disposiciones de Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nº 459/20 del Poder Ejecutivo Nacional , en tanto resulte materia de su competencia, del mismo modo que lo hiciera por sus similares Nros. 0213/20, 0270/20, 0304/20, 0328/20 y 0363/20 a los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) Nros. 260/20, 297/20, 325/20, 355/20 y 408/20, respectivamente; …

… POR ELLO: 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA 

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Establécense las condiciones de vigencia en el territorio provincial de la excepción al “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y la prohibición de circular, habilitada en la Decisión Administrativa Nº 810/20 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación de la Nación, referida a las “actividades religiosas individuales en iglesias, templos y lugares de culto de cercanía, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica  Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos, las que en ningún caso podrán consistir en la celebración de ceremonias que impliquen reunión de personas.

ARTÍCULO 2º: Las actividades a que refiere el artículo precedente deberán desarrollarse en horario diurno y hasta las veinte (20 ) horas; cumplimentando, tanto los ministros, como sus colaboradores y asistentes, las medidas preventivas de distanciamiento personal y el uso obligatorio de manera correcta de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón, conforme a lo dispuesto por el Decreto Nº 0347/20.

Asimismo se arbitrarán en las iglesias, templos y locales de culto medidas para desinfectar el calzado de los asistentes; asegurando una adecuada ventilación de los espacios físicos durante las horas habilitadas a la concurrencia de personas y la limpieza y desinfección de las superficies y objetos de uso frecuente, periódicamente durante el horario en el que la iglesia, templo o local de culto permanece abierto y al cierre.

 ARTÍCULO 3º: Con carácter de recomendación se sugiere adoptar medidas para evitar la aglomeración de personas ocupando un porcentaje mínimo de la capacidad disponible de las iglesias, templos y locales de culto según lo establezcan las autoridades o ministros de los mismos; como asimismo procurar la colocación de cartelería informativa con las medidas de prevención que deben cumplirse y arbitrar la permanencia de personal que oriente sobre las mismas y se encargue de verificar su cumplimiento.

ARTÍCULO 4º: A los fines del ejercicio de la autorización a que refiere el presente Decreto no podrá utilizarse el transporte público de pasajeros a los fines de la concurrencia a las iglesias, templos o locales de culto, debiendo asistir a los de cercanía.
La restricción a la celebración de ceremonias que impliquen la reunión de personas, alcanza a cualquier actividad con horario prefijado, en los mismos lugares.

ARTÍCULO 5º: Las anteriores medidas y recomendaciones se disponen sin perjuicio del establecimiento de otras más estrictas por los ministros de la Iglesia Católica Apostólica Romana o entidades religiosas inscriptas en el registro Nacional de Cultos en cada caso, y de las recomendaciones particulares para la asistencia a sus iglesias, templos y lugares de culto, que no las contradigan y se consideren convenientes.

ARTÍCULO 6º: La excepción dispuesta en el artículo 1º está sujeta a la implementación y cumplimiento de las medidas indicadas, en seguimiento de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria; y de las que, eventualmente, en el futuro disponga.

ARTÍCULO 7º: Encomiéndase al Ministerio de Salud el monitoreo de la evolución epidemiológica y sanitaria en función de la excepción dispuesta en el presente Decreto; debiendo dar estricto cumplimiento a las previsiones del Artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 459/20.

Sin perjuicio de lo anterior podrá recomendar al Poder Ejecutivo la suspensión total o parcial con carácter preventivo, de la excepción autorizada en el presente Decreto, cuando la evoluciónde la situación epidemiológica lo aconseje.

ARTÍCULO 8º: Dése cuenta de lo dispuesto en el presente Decreto al Ministerio de Salud de la Nación, y por su conducto al Poder Ejecutivo Nacional.

ARTÍCULO 9º: Refréndese por los señores Ministros de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad, y de Salud.

ARTÍCULO10º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

C.P.N. OMAR ANGEL PEROTTI
Dr. ESTEBAN RAÚL BORGONOVO
Dr. CARLOS DANIEL PAROLA

Lic. MARCELO JAVIER MEIER
DIRECTOR GENERAL
DE DESPACHO Y DECRETOS a/c
Ministerio de Gestión Pública

“2020 – AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO”










REFERENCIAS:

RECOMENDAMOS LEER el TEXO COMPLETO del DECRETO Nº 0449 – 27/05/2.020 – Provincia de SANTA FE … y el Decreto Nº 0393 del 11/05/2.020 donde la Provincia de Santa Fe adhiere a las disposiciones de Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nº 459/20 del Poder Ejecutivo Nacional , en tanto resulte materia de su competencia, del mismo modo que lo hiciera por sus similares Nros. 0213/20, 0270/20, 0304/20, 0328/20 y 0363/20 a los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) Nros. 260/20, 297/20, 325/20, 355/20 y 408/20, respectivamente …

La provincia habilita las actividades religiosas individuales en iglesias, templos y locales de culto.
Quedó establecido a partir de la firma por parte del gobernador del decreto N.º 449.

NORMATIVA – Apertura y actividades religiosas individuales en iglesias, templos y lugares de culto de cercanía … en la PROVINCIA DE SANTA FE a partir del DECRETO Nº 0449 (27/05/2.020)








lunes, 25 de mayo de 2020

[APERTURA de TEMPLOS y/o ACTIVIDADES de las COMUNIDADES RELIGIOSAS en ROSARIO] … CARTA / Solicitud enviada a la MUNICIPALIDAD DE ROSARIO (MR) que se suma a los pedidos / conversaciones con funcionarios/as municipales relacionadas con la temática de la APERTURA de TEMPLOS y/o ACTIVIDADES de las COMUNIDADES RELIGIOSAS en la CIUDAD DE ROSARIO (Provincia de Santa Fe – Rep. Argentina) conforme a las normativas vigentes.






CARTA / NOTA enviada al  E-Mail personal / oficial (en la MUNICIPALIDAD DE ROSARIO)  del Sr. INTENDENTE de la ciudad de ROSARIO: Dr. Pablo L. Javkin … [18/05/2.020]


Ciudad de Rosario (Provincia de Santa Fe – Rep. Argentina, Mayo 18 del 2.020

Sr.
Dr. Pablo Javkin
Intendente de la ciudad de Rosario
MUNICIPALIDAD DE ROSARIO (MR)
S   /  D

Ref.: SOLICITUD información OFICIAL sobre la apertura de TEMPLOS y/o ACTIVIDADES de las COMUNIDADES RELIGIOSAS en la CIUDAD DE ROSARIO

De nuestra mayor consideración:
Por la presente nos comunicamos con Udes. para solicitarles información oficial de la MUNICIPALIDAD DE ROSARIO (MR) sobre la última decisión administrativa del Gobierno Nacional Argentino, que   incluye dentro de las actividades y servicios exceptuados en el marco de la pandemia, a las actividades religiosas INDIVIDUALES ( acotadas a visitas y mínimo número de personas reunidas ) por lo tanto, NO CELEBRACIONES CÚLTICAS ( masivas y/o numerosas ), en iglesias, templos y lugares de reunión correspondiente a entidades religiosas y/o COMUNIDADES RELIGIOSAS  inscriptas en el Registro Nacional de Cultos.  

Entendemos que si bien el Gobierno nacional va regulando la salida de la crisis, la aplicación de las medidas está en manos de los gobiernos provinciales y eventualmente de los municipios. Todo lo que tiene que ver con la apertura de los lugares de culto, permisos para reuniones y demás actividades en los templos, queda bajo la órbita de los gobiernos municipales o provinciales, por lo que  se producirán diferentes autorizaciones gubernamentales según la región correspondiente.

Dada estas circunstancias entendemos,  recomendamos y alentamos a que las COMUNIDADES RELIGIOSA, Organizaciones Eclesiásticas y/o Referentes Religiosos / Ministros Religiosos de los diferentes CREDOS de cada ciudad deben trabajen mancomunadamente con los gobiernos locales a fin de establecer los pasos a seguir en el proceso de salida de la cuarentena, a la vez de colaborar en la elaboración de los protocolos pertinentes.

Por lo expuesto es que nos tomamos la libertad y atrevimiento ( con prudencia y respeto ) sin arrogarnos la representatividad total de ninguna Comunidad Religiosa y/o CREDO alguno, salvo nuestro testimonio ciudadano, institucional y personal ( como Ministros Religiosos) del interactuar diario en la comunidad rosarina en estos últimos 25 años ( siendo parte de las soluciones y no los problemas, en la temática del DERECHO ECLESIÁSTICO, los DDHH, el diálogo interreligioso y la construcción de una CULTURA DE y POR LA PAZ, EN LA PROVINCIA DE Santa Fe, en general, y la ciudad de Rosario, en particular) ante esta situación de PANDEMIA y actividades exceptuadas, de comunicarnos con Ud. Dr. Pablo Javkin,  INTENDENTE de la ciudad y máximo responsable de la MUNICIPALIDAD DE ROSARIO (MR), para informarle que ante esta situación muchas son las inquietudes y preguntas de los referentes / Ministros Religiosos de diferentes COMUNIDADES RELIGIOSAS de la ciudad, en el anhelo ( y por qué no decir en la necesidad congregacional ) de realizar sus ACTIVIDADES PROPIAS y PRINCIPALES: las ESPIRITUALES ( que se sumarán a las que actualmente se están desarrollando dentro de las normativas legales vigentes, en el campo social y comunitario – inclusive aumentadas – a lo largo y ancho del ejido urbano rosarino, en el testimonio de FE y OBRA ante la necesidad de una importante parte de la población, como una real y eficiente RED de contención social), por lo que le SOLICITAMOS ( reiteramos con prudencia y respecto ciudadano ) pueda la MUNICIPALIDAD DE ROSARIO (MR) emitir un COMUNICADO ESCLARECEDOR y OFICIAL sobre esta temática ( apertura de TEMPLO Y/O REUNIONES DE PERSONAS) local de suma importancia para una importante parte de la ciudadanía rosarina ( creyente o no creyente … practicante o no practicante de FE o CREDO alguno ), dentro de las normativas actuales (Nacional, provincial y/o municipal).

Con la esperanza de la comprensión y análisis del PEDIDO REALIZADO ( con la información existente sobre la apertura de los templos en las diferentes provincias, excepto para la región de AMBA y Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que continúan en la fase 3 del aislamiento preventivo social obligatorio) y el documento por parte de las autoridades nacionales, aprobado en las últimas horas del día 15 de mayo, con “PAUTAS PARA UN PROTOCOLO EN LOS CULTOS” ( el mismo es una guía que servirá, para la elaboración de un protocolo propio, correspondiente a cada gobernación o municipio, y le adjuntamos al pie de la presente Nota ), esperamos vuestra respuesta y COMUNICADO OFICIAL de la MUNICIPALIDAD DE ROSARIO (MR), para toda la ciudadanía rosarina, en general y las COMUNIDADES RELIGIOSAS, en particular, reiterando nuestros saludos fraternales, quedamos a vuestra disposición.


Pastor Carlos Agustín Luque Ahuban
Iglesia Cristiana Evangélica “Discípulos de nuestro SEÑOR JESUCRISTO”
Tel.: (0341 ) 155818331  -  4391785


Pastora María Inés Aceval
Directora Académica del CENTRO de Investigación, Estudio y Capacitación Eclesiástica y Teológica ( CIECET )


REFERENCIAS:

ACIERA – Aperturas de templos

Decisión Administrativa Número DECAD 2020 – 810 – APN- JGM (Descargar aquí)

Pautas para un protocolo para cultos (Descargar aquí)

martes, 31 de marzo de 2020

Fueron recibidos en AUDIENCIA, por el personal y la Sra. Jorgelina Feroldi, Directora General de Ceremonial y Protocolo de la MUNICIPALIDAD DE ROSARIO (MR), los MINISTROS RELIGIOSOS Pastor CARLOS AGUSTIN LUQUE AHUBAN, Pastor SALVADOR H. FRAGAPANE, Sheikh ABDUL QADER (WALTER CALLIERI), Padre ALEJANDRO SABA y el Sr. GUILLERMO KNUDSEN.









Los MINISTROS RELIGIOSOS Pastor CARLOS AGUSTIN LUQUE AHUBAN ( Director General del Centro de Investigación, Estudio y Capacitación Eclesiástica y Teológica – CIECET – y Coordinador General de la Confraternidad de Líderes Cristianos – CLC - ), Pastor SALVADOR H. FRAGAPANE ( Capellán y ex Combatiente en las Malvinas ), Sheikh  ABDUL QADER  ( Arq. WALTER CALLIERI – Sheikj de la Tariga Nashbandi en Rosario ), Padre ALEJANDRO SABA ( Iglesia Católica Apostólica Ortodoxa de Antioquia – Parroquia San Jorge, en Rosario ) y el Sr. GUILLERMO KNUDSEN ( Referente de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los últimos días ), fueron recibidos, en el Palacio de los Leones ( sede del dobierno municipal ),  en dos reuniones ( Viernes 13/03/2.020 y Martes 17/03/2.020 ) por el personal y la Sra. Jorgelina Feroldi, Directora General de Ceremonial y Protocolo de la MUNICIPALIDAD DE ROSARIO (MR), en respuesta a la SOLICITUD de AUDIENCIA oportunamente solicitada por la CONFRATERNIDAD DE LÍDERES CRISTIANOS (CLC), en el Expte. Nº 16910 / 2009 C (en ORIGINAL y 11 ANEXOS   Ref. : SOLICITUD de AUDIENCIA … información sobre la normativa, usos y costumbres, existente en relación al PROTOCOLO empleado por la MUNICIPALIDAD de ROSARIO (MR) … especialmente relacionadas con las “COMUNIDADES RELIGIOSAS” …). 




Los MINISTROS RELIGIOSOS, el personal y la Directora General de Ceremonial y Protocolo de la Municipalidad de Rosario (MR), atentos a la temática planteada intercambiaron con fluidez y entusiasmo reflexiones e inquietudes relacionadas a la normativa municipal vigente específica en el CEREMONIAL y PROTOCOLO municipal y las Comunidades Religiosas (y sus Referentes Eclesiásticos), en la ciudad de Rosario.

A su turno el Pastor Ahuban hizo entrega de un abundante material impreso relacionado con la temática planteada y les informó sobre la 5ª etapa de un trabajo de divulgación y concientización ( Años 2.017-2.019 ), que forma parte del PROYECTO GANADOR AÑO 2.007, organizado por el INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI) y que como institución ( la CONFRATERNIDAD DE LÍDERES CRISTIANA – CLC - ) se hizo acreedora oportunamente, en la temática de RELIGIÓN, reafirma los conceptos y la lucha ciudadana e institucional,  contra toda discriminación y/o intolerancia religiosa, a favor de la IGUALDAD – de trato civil – y LIBERTAD de Pensamiento, Expresión, Conciencia, Religión y Culto, en la República Argentina, la provincia de Santa Fe y el área metropolitana del Gran Rosario (con epicentro en la ciudad de Rosario, la localidad más importante de la provincia de Santa Fe).

Dicha investigación, propuestas y trabajo (que incluyen proyectos de derogación, modificación y nuevas normas, conforme a los actuales tiempos y plena vigencia de los DERECHOS HUMANOS en relación directa con el DERECHO ECLESIÁSTICO), se basa principalmente en la ciudad de Rosario, en la Ordenanza Nº 7.730/2.004 (y las relacionadas contra la discriminación), Ordenanza Nº 9.284/2.014 (… Modifícase el artículo 7mo. De la Ordenanza Nº 7.730/2.004 …), los convenios (que incluye el de “Ciudades libres de Discriminación”), la adhesión al “Plan Nacional contra la Discriminación”, firmados entre la MUNICIPALIDAD DE ROSARIO y el INADI (el cual en su capítulo de RELIGIÓN tiene diferentes recomendaciones contra la discriminación, incluido el tratamiento protocolar …), el informe del RELATOR de la ONU, el Decreto del P.E. Nacional Nº 2072/93, adoptado por la Ordenanza Nº 7860 del CMR  (que sigue el Protocolo Nacional de la Presidencia de la Nación), la Ordenanza Nº 7.873/2.010 (y sus normas relacionadas), la Ordenanza Nº 8.673/2.010, entre otras.

También los MINISTROS RELIGIOSOS presentes manifestaron que no se arrogaban el derecho de representar ( en sus reclamos y/o propuestas ) a todos los CREDOS, Comunidades Religiosas y/u Organizaciones Eclesiásticas radicadas y actuando en la ciudad de Rosario, pero que por sus experiencias y contactos diarios interpretaban ( con prudencia y respeto ) que dichos planteos les son comunes, citando entre otras organizaciones afines y/o participantes del reclamo y/o planteo administrativo a la CONFRATERNIDAD DE LÍDERES CRISTIANOS ( de la ciudad de Rosario y zonas aledañas – Provincia de Santa Fe ), el Centro de Investigación, Estudio y Capacitación Eclesiástica y Teológica – CIECET –, el OBSERVATORIO sobre IGUALDAD – de trato civil – y LIBERTAD de Pensamiento, Expresión, Conciencia, Religión y Culto, la Mesa Interreligiosa por la paz ( del Área Metropolitana del Gran Rosario ) y Comunidades Religiosas de diferentes credos ( referenciadas en los asistentes ).

Conforme a lo expresado y experiencia Institucional y/o personal ( en estos últimos 30 años ) de los diferentes Ministros Religiosos, manifestaron ( con prudencia y respeto a los representantes del área de Ceremonial y Protocolo de la MR ) que dichas normas municipales vigentes  ( incluido usos y costumbres utilizados por los estamentos gubernamentales con las Comunidades Religiosas) no son aplicadas por algunas áreas de la Municipalidad de Rosario (MR), generando actos de “discriminación institucional” hacia diferentes “Comunidades Religiosas”, identificadas vulgarmente como las “NO Católicas Romanas”.

Ante estos requerimientos y reflexiones la Sra. Jorgelina Feroldi, manifestó que se encuentra al tanto de los planteos y que se está intentando (desde su área específica y los límites burocráticos y/o administrativos de la Municipalidad de Rosario – especialmente relacionados con el Ejecutivo Municipal – en las gestiones anteriores -  y las Secretarias correspondientes) implementar todas las normas municipales vigentes, relacionada con las COMUNIDADES RELIGIOSAS y sus MINISTROS RELIGIOSOS ( y/o referentes eclesiásticos) y que dichos planteos serán trasladados a la nueva administración municipal, encabezada por el Sr. Intendente, Dr. Pablo L. Javkin.


La funcionaria municipal y las/os empleadas/os de la Dirección de Ceremonial y Protocolo de la MUNICIPALIDAD DE ROSARIO (MR), manifestaron conocer el trabajo, la perseverancia y participación ciudadana e institucional de las Comunidades Religiosas ( en sus diferentes credos ), Organizaciones Eclesiásticas y MINISTROS RELIGIOSOS, presentes en la AUDIENCIA,  a través de estos últimos años, aportando y sumando sus experiencias diarias, en las relaciones del Estado con la ciudadanía y sus organizaciones, las que ha redundado en normativas municipales específicas y generales (Ordenanza, Decretos y Resoluciones), dando un testimonio perseverante de convivencia y compromiso ciudadano, en la construcción de una “cultura de y por la PAZ”.


Avanzada la AUDIENCIA, con un intercambio enriquecedor de reflexiones y propuesta, el Pastor Carlos Agustín Luque Ahuban, con fundamentaciones y el apoyo de los Ministros Religiosos Pastor Salvador H. Fragapane, Padre Alejandro Saba, Imam Walter Callieri y Sr. Guillermo Knudsen insistieron sobre la futura implementación de la ORDENANZA Nº 9.284 / 2.014 (cuyo texto expresa …  Artículo1º.- Modifícase el artículo 7mo. De la Ordenanza Nº 7.730/2.004, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “… Art. 7mo.: La Municipalidad de Rosario reconocerá, a los efectos protocolares, a las entidades religiosas que se encuentren inscriptas como tales en los registros respectivos y soliciten su inclusión en el protocolo municipal. Asimismo invitará a participar a todos los actos públicos a los referentes oficiales de todas las entidades religiosas que se encuentren inscriptas como tales, y deberá garantizarles la alternancia en la práctica de oficios religiosos en los actos oficiales para todos los cultos. Se podrá establecer acuerdos o convenios de cooperación o colaboración con entidades religiosas con fines de promoción, educativa, cultural, social o comunitaria y otros …”) y la ORDENANZA Nº 7.730 / 2.004.

Con el compromiso personal de la Sra. Jorgelina Feroldi, Directora General de Ceremonial y Protocolo de la MUNICIPALIDAD DE ROSARIO (MR), de elevar los  planteos realizados (por Expedientes formales y por los Ministros Religiosos personalmente) a la Secretaria de Gobierno y al Sr. Intendente Dr. Pablo L. Javkin; y la renovada responsabilidad en esta nueva etapa del gobierno municipal, se dio por finalizada la reunión formal.

En la despedida, los/as participantes intercambiaron informalmente reflexiones sobre diferentes temas: la familia, la inseguridad, el COVID-19 / Coronavirus, las acciones de gobierno y la responsabilidad ciudadana relacionados con la salud individual y de la sociedad, etc.

Ciudad de Rosario (Provincia de Santa Fe – República Argentina) – Martes 17/03/2.020



Referencias:


Los MINISTROS RELIGIOSOS Pastor CARLOS AGUSTIN LUQUE AHUBAN, Pastor SALVADOR H. FRAGAPANE, Sheikh ABDUL QADER (WALTER CALLIERI), Padre ALEJANDRO SABA y el Sr. GUILLERMO KNUDSEN, fueron recibidos en AUDIENCIA, por el personal y la Sra. Jorgelina Feroldi, Directora General de Ceremonial y Protocolo de la MUNICIPALIDAD DE ROSARIO (MR).



ORDENANZA Nº 7.730 / 2.004.
Derecho, libertad de conciencia, religión y culto. Reconocimiento y garantía. Registración de cultos e instituciones.



ORDENANZA Nº 9.284 / 2.014
Modificación de la Ordenanza Nº 7.730/2.004



ORDENANZA Nº 7.969 / 2.006
"Día Municipal por la Igualdad -de trato civil- y Libertad de Pensamiento, Expresión, Conciencia, Religión y Culto". 02 de Septiembre. Institucionalización.



ORDENANZA Nº 8.673 / 2.010
Manual de Instrucciones Protocolares de la ciudad de Rosario. Aprobación.



ORDENANZA Nº 7.860 / 2.005
Decreto Nº 2072/93 de Presidencia de la Nación. Actividades protocolares. Adopción.



DECRETO Nº 255 / 2.016
Dirección General de Ceremonial y Protocolo. Creación. Organigrama. Aprobación.




DECRETO Nº 32.105 / 2.009
“… Artículo 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo para que a través de la repartición que corresponda eleve a este Cuerpo un informe detallado donde conste: …”


DECRETO Nº 36.234 / 2.011
Diploma de Honor. "Centro de Investigación, Estudio y Capacitación Eclesiástica y Teológica". Otorgamiento.


(2007-2017) - “PROYECTO GANADOR” en el “CONCURSO 2007 DE TRANSFERENCIAS PARA LA ASISTENCIA TÉCNICA A ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL QUE LUCHAN CONTRA LA DISCRIMINACIÓN”, realizado por el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – Presidencia de la Nación.



                                                   




martes, 24 de marzo de 2020

Libro: “Iglesias evangélicas y derechos humanos en la Argentina (1.976/1.998)” - (Autores: Pablo R. Andiñach – Daniel Bruno – 2001 Ediciones LA AURORA – Departamento de publicaciones de la Federación Argentina de Iglesias Evangélicas – Páginas 160).







Libro: “Iglesias evangélicas y derechos humanos en la Argentina (1.976/1.998)” -  (Autores: Pablo R. Andiñach – Daniel Bruno – 2001 Ediciones LA AURORA – Departamento de publicaciones de la Federación Argentina de Iglesias Evangélicas – Páginas 160).




La presente obra muestra el desempeño de las iglesias evangélicas durante el período 1976/1998 en lo que hace específicamente a la tarea de denuncia de la violación de los derechos humanos y al acompañamiento pastoral de las víctimas de la represión y sus familiares. Lo hace en la perspectiva de contribuir tanto a la tarea pastoral de la reconciliación dentro de la sociedad como de las iglesias mismas. En estas páginas se recorre la historia del período resaltando la participación y el compromiso asumido por laicos y pastores.

Los autores consideran que la clarificación sobre lo actuado y una aproximación objetiva a la verdad permitirá vislumbrar la tarea evangélica que las iglesias tienen todavía por delante.

Extraemos entre otros conceptos “ … Palabras preliminares: … Hoy en día la palabra misión es usada frecuentemente y a veces con poca profundidad por las iglesias. La misión de DIOS incluye a la iglesia como cuerpo de Cristo, y tiene como fin restablecer la vida y el ministerio de Jesús en la historia contemporánea. Este restablecimiento no solo llama a la iglesia a ser una comunidad de oración por la paz y la justicia en el mundo sino también a mostrar en sus actos que realmente es una organización de paz y justicia. Este compromiso de la iglesia se manifiesta cuando se pone a favor de los marginados y los crucificados. Esta no es una tarea fácil pero ésta es la costosa naturaleza del discipulado cristiano. No estamos sugiriendo que se deba ir buscando el sufrimiento, la pena y la muerte. Pero como pueblo de Dios, cuando nos oponemos a los poderes de este mundo que intentan engañarnos queriendo pasar ellos mismos como instrumentos de la voluntad de DIOS, encontraremos que esos poderes usarán todas sus fuerzas para callar a las iglesias y crucificar al resto fiel que lo desenmascara. Esos que rompan el silencio serán identificados con el crucificado. Es ahí y en ese restablecimiento que la iglesia se convierte verdaderamente en el cuerpo de Jesús. El estudio escrito por Pablo R. Ardiñach y Daniel A. Bruno muestra la luz y las sombras en las iglesias argentinas entre 1976 y 1998 y la lucha llevada a cabo por innumerables mujeres, hombres, clérigos, jóvenes seguidores de Jesucristo. Muchos han muerto en la lucha y un incontable número de personas dentro y fuera de la iglesia han luchado y continúan luchando siendo testigos del reino de DIOS en medio de la muerte. Aunque lo peor ya pasó, las iglesias en Argentina continúan siendo el signo de la comunidad del sahlom bíblico (esto es: paz, verdad, piedad y justicia). Es verdad que la Argentina ha sido capaz de volver a la ruta de la democracia, pero es un camino difícil y con muchos obstáculos. Argentina es una nación aún clamando por justicia y por verdad sobre sus hijas, hijos y bebés. Sin embargo, todavía hay fuerzas en la Argentina y en la iglesia misma que intentan callar el clamor por la verdad y justicia apelando al olvido del pasado a favor de una supuesta unidad nacional. Esto es un indicio más de que no es fácil lidiar con las heridas del pasado. Esta no es una tarea fácil y muchos países han luchado con este dilema en un pasado reciente. ¿Podremos aprender algo positivo de la experiencia de la comunidad cristiana alrededor del mundo con el fin de evitar errores y mejorar la tarea de la reconciliación en Argentina?

Es importante para una nación poder entender su pasado con el fin de darle forma a su presente y construir un futuro. En este contexto la iglesia como cuerpo de Cristo tiene un importante papel …

Estamos al tanto de que el perdón no es entendido correctamente entre muchos cristianos y en ocasiones es usado como una gracia barata, pero el perdón no significa olvidar el pasado. Es un camino, y uno llega al punto de perdón si es capaz de mirar a los victimarios y a su propio pasado sin amargura. Según Walter Wink “el perdón no significa que uno condene o acepte el comportamiento de sus victimarios. La víctima no se torna ciega ante el crimen; sino que se libera de la tortura psicológica, y de este modo busca la forma de encontrar la justicia motivada no por venganza sino por la búsqueda de una transformación universal. Abrigar enemistad y buscar venganza solo perpetúa el poder del opresor para dominar a sus víctimas mucho después de ocurrida la agresión. Por el contrario, en su nivel más fundamental el perdón libera a la víctima.

Espero que este libro no se convierta simplemente en un documento histórico sino que sea un recurso espiritual para que todos los argentinos, evocando la memoria de su pasado, puedan decir con profunda convicción: NUNCA MÁS.

Febrero de 2.001. Rev. Dr. Rienzie Perera – Director de Investigaciones Life & Peace Institute – Uppsala, Suecia … (Pág. 10)

Introducción: La presente obra muestra el desempeño de las iglesias evangélicas durante la dictadura militar del período 1976-1983 y durante el período posterior de la democracia hasta el presente (1984-1998), en lo que hace específicamente a la tarea de denuncia frente a la violación de los derechos humanos y al acompañamiento pastoral de las víctimas de la represión y sus familiares … (Pág. 11)

La reconciliación: En estas páginas la palabra reconciliación tiene un contenido específico. Con ella nos referimos al reencuentro con la vida de la persona dañada física o espiritualmente. Entendemos que la gran tarea pastoral fue y es ayudar a esa persona lastimada a seguir viviendo, a entender que a pesar de la tragedia que le ha tocado vivir debe continuar con la vida … Hoy, que aparecen espiritualismos en cada esquina, es más necesario que nunca decir que en esa tarea pastoral y política se puso a prueba la fuerza espiritual de las iglesias. Allí la fe encontró ocasión para validase, para hacer realidad el amor que la fundamentaba o mostrarse esquiva y mentirosa. Y fue en la defensa de esa vida  real de hombres y mujeres, vida que es también Cristo manifestado en el cuerpo del perseguido y humillado, o en los huesos innominados y llorados como propios, donde se midió y mide el compromiso con la palabra prometida ante el resucitado, con el Padrenuestro dicho de memoria. Y es a esa luz que se deben evaluar lealtades y traiciones, la palabra dicha y la palabra callada, la mano abierta que se ofrece en ayuda, o que se esconde en el bolsillo, o que se hace puño cerrado y preparado para el golpe … (Pág. 14)

Reconciliación dentro de las iglesias: Hay otro aspecto de la reconciliación que aún está pendiente. Y es el que tiene que ver con la reconciliación dentro de las iglesias mismas. Durante la dictadura los hermanos y hermanas de una misma iglesia no siempre coincidían respecto al rol que los cristianos debían ejercer en la sociedad. Muchos pensaron que la dictadura era un “mal necesario” para impedir otros males peores, otros que las torturas y desapariciones no eran ciertas sino mera propaganda anti-argentina que desde el exterior organizaban los exiliados para desprestigiar a un gobierno que los había derrotado. Hay que decir en su descargo que la dictadura utilizó con gran destreza los medios masivos de comunicación para dar una imagen falsa de su accionar, evitar la información veraz y desacreditar a quienes se oponían a sus acciones. Y muchas personas honestas quedaron atrapadas por esa propaganda. También que gran parte del periodismo –sea por miedo a la represión o por afinidad ideológica con el gobierno militar- colaboró a crear la imagen de que los militares del gobierno eran hombres decentes y cristianos que no aspiraban a otra cosa más que normalizar un país que había llegado al caos social. Todo esto produjo división dentro de las iglesias y rechazos de variado tenor a declaraciones públicas, solicitadas en los diarios y artículos firmados en revistas denominacionales y seculares. Pasados quince años del reencuentro con la democracia todavía quedan heridas abiertas que no sanarán tan sólo por el paso del tiempo sino –como en otros campos de la sociedad- por la aceptación en humildad de la verdad de lo que sucedió, el deseo sincero de que la justicia actúe allí donde corresponde que lo haga, y la disposición mutua a perdonar a aquel hermano o hermana que se excedió, que no supo o no pudo ver la realidad, que no entendió lo que pasaba, o que se inclinó por una opción que resulto equivocada.

Es nuestro deseo que estas páginas contribuyan por un lado a revisar nuestra historia eclesial y así comenzar a reconciliarnos entre hermanos y hermanas . Por otro a dejar testimonio de aquellos que jugaron sus vidas por los demás, a veces con la incomprensión de quienes los rodeaban , para que las posteriores generaciones sepan de su fe y su compromiso. Y finalmente para contribuir a mejorar nuestra tarea pastoral actual hacia los que sufren en trato injusto, esa función indelegable que el Señor ha dado a su IGLESIA y sin la cual toda comunidad de fe pierde sentido … (Pág. 15)

“ … El momento difícil por el que atravesaba el país demandaba un esfuerzo conjunto. De hecho ya había una historia recorrida en ese sentido. En la Argentina no era novedoso que cristianos de distintas confesiones se unieran buscando hallar un lugar para la vida y la paz. Quince años antes, en 1961, se había organizado en el Río de la Plata la Fraternidad de Reconciliación y Paz, cuyo mayor exponente era el pastor Earl Smith que residía en el Uruguay y estaba acompañado por el obispo metodista Carlos Gattinoni, el arquitecto Adolfo Pérez Esquivel, el entonces pastor Federico Pagura y el pastor Mortimer Arias, en ese momento ya Obispo Metodista de Bolivia … (Pág. 31)

Durante los primeros meses de 1.976 se formo el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos (MEDH) … (Pág.33)

A partir de allí quedó conformado su Consejo Pastoral por los líderes de varias iglesias presentes en la FAIE. En la dirigencia del MEDH debe destacarse la figura del Obispo Federico Pagura de la Iglesia Metodista, el pastor metodista Emilio Monti (actualmente ambos pastores residen en la ciudad de Rosario) … La principal tarea de este organismo durante los primeros años de la dictadura fue la de denunciar la violación sistemática de los derechos humanos, especialmente frente a las iglesias y organismos defensores de los derechos humanos del exterior del país. Otro aspecto de su trabajo fue el de otorgar apoyo legal y pastoral a las familias de las victimas.

En los primeros años de la dictadura fue destacable la actuación de muchos pastores evangélicos abriendo sus iglesias para que pudieran reunirse allí quienes querían resistir al terror, entre ellos los familiares de los desaparecidos que comenzaban a organizar sus reclamos … (Pág. 35)

Los costos

Como consecuencia de su compromiso varias iglesias evangélicas y muchos de sus miembros fueron blancos de bombas, secuestros y amenazas en no pocas oportunidades. De acuerdo con la documentación e investigación llevada a cabo por el MEDH, la suma de desaparecidos y personas asesinadas evangélicas durante este período es de aproximadamente 40. Aunque es probable que sean más, debido a que no se cuenta con información respecto a víctimas que hayan sido miembros de iglesias pentecostales, bautistas y otras denominaciones no vinculadas a esa institución, las que tampoco tuvieron mecanismos eclesiales propios para canalizar la denuncia pública o ante las autoridades militares.

Hay hechos concretos que corresponde evocar como casos emblemáticos que muestran como esas amenazas en una buena parte se convirtieron en actos concretos de agresión. El 4 de octubre de 1.976 fue allanada la Primera Iglesia Metodista de la ciudad de Rosario donde funcionaba la COMISIÓN COORDINADORA DEL ACNUR (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados). De esa IGLESIA se LLEVARON ARRESTADAS A SESENTA PERSONAS. El pastor Ernesto Nielsen en una predicación posterior a esos hechos decía:

- Nuestra participación en los problemas actuales del país y del continente requerirá muchas veces correr estos riesgos, en obediencia a la vocación de servicio que el Señor Jesucristo nos dio -… (Pág.37)

En esa misma época una bomba destruyó el frente de la Iglesia Metodista de Mendoza 

El 1º de enero de 1977 fue secuestrado y desaparecido el Dr. Mauricio López, reconocido intelectual en los ámbitos de la sociología y filosofía, miembro de la Iglesia de los Hermanos Libres pero en ese momento trabajando en forma estrecha con la Iglesia Metodista de Mendoza …

Algunos meses más tarde, el 4 de mayo de 1977, es secuestrado y asesinado Oscar Alajarín …

En noviembre de 1980 … Instituto Superior Evangélico de Estudios Teológicos (ISEDET) … Un día antes del evento al que se esperaba concurrieran más de 300 personas, tres poderosas bombas incendiarias destruyeron en gran medida la planta baja de la Biblioteca de la Institución …

Como era costumbre en esos tiempos, las víctimas de actos de represión terminaban siendo los culpables merecedores de tales actos.

El sector comprometido de la Iglesia Católica fue también muy golpeada en todos sus niveles. El obispo Angelelli de la Rioja fue asesinado … El Obispo Ponce de León, de la diócesis de San Nicolás …las monjas francesas de las Misiones Extranjeras, Alice Domon y Leónie Duquet … Entre los seminaristas cabe mencionar a Salvador Barbeito y Emilio Barletti, de la comunidad Palotina … (Pág. 38)

Los militares que se habían apropiado del poder político, se autodefinían como fervientes católicos que venían a defender el estilo de vida occidental y cristiano de supuestas fuerzas extrañas que pretendían disolverlo. El Alte. Emilio Massera declaró a la revista Familia Cristiana en 1.977:

- Nosotros, cuando actuamos como poder político, seguimos siendo católicos … Sin embargo, como todos obramos a partir del amor, que es el sustento de nuestra religión, no tenemos problemas …-

Sin embargo la brutalidad y saña con que fueron reprimidos estos sectores de cristianos comprometidos tanto católicos como evangélicos, dejó claro el hecho de que su cristianismo declamado no era otra cosa que un instrumento ideológico para canalizar sentimientos despreciables hacia toda expresión de FE genuina que pudiera emerger de la vida cotidiana de los pueblos. Muchos testimonios de la represión recordaron ver símbolos católicos como crucifijos o imágenes de la Virgen María en las paredes de algunas salas de tormentos o en los lugares de detención. Esto que hiere la sensibilidad de cualquier persona católica fiel y sincera, era una forma hacia adentro de la fuerza militar de afirmar el carácter sagrado de la lucha que se llevaba a cabo y de legitimarla invocando el resguardo de los verdaderos valores religiosos constitutivos de la nacionalidad argentina. A su ves ofrecía una contención psicológica para los torturadores que se sentían respaldados por Dios al llevar a cabo actos degradantes para la conciencia humana …(Pág. 39 y 40)


4.- Conclusión del Capítulo III … Esta última década ha provocado que las iglesias redimensionaran su misión. Durante las dos décadas anteriores, la tarea por la pacificación revestía un matiz casi excluyente a la luz de las flagrantes violaciones a los DDHH por parte de un Estado terrorista y sus secuelas en la primera parte del gobierno democrático. Como vimos, descendido ya el nivel de urgencias, emergieron otros aspectos que ubicaron a las iglesias frente a realidades menos puntuales, más amplias y con una complejidad distinta. Por un lado, las iglesias buscaron la manera de tender a profundizar las relaciones democráticas entre los ciudadanos y al mismo tiempo reconocer, analizar y denunciar las implicancias económicas, sociales, culturales y pastorales del aparente triunfo del sistema neoliberal de globalización mundial en la vida de las personas. Por otro, desde varios sectores se está evaluando la tarea en la defensa de los derechos humanos realizada en las décadas anteriores y se descubren así nuevas formas de violación de la vida y sus derechos bajo otras circunstancias. Por último, vemos que en ciertas forma existe un vuelco hacia el interior de las iglesias, expresado esto en un trabajo enfocado más hacia las comunidades locales y sus necesidades. Vuelco que podemos extender provocado por dos actitudes que no se excluyen entre sí: la búsqueda de aspectos de la misión de la iglesia, que fueron eclipsadas a causa de la urgencia impuesta por las condiciones sociales durante la dictadura y el terrorismo de Estado, y el temor ante los cambios ocurridos en la sociedad entre mediados y fines de los años 80 y del cual todavía  a muchas iglesias – y buena parte de los actores sociales- les cuesta entender y generar una palabra alternativa.

De nuestra investigación surge que frente a estas realidades la iglesia aún no ha desarrollado una profunda reflexión. Existen por el momento más reacciones intuitivas que una planificación que sea el fruto de un marco de comprensión más amplio. Tal vez sea éste uno de los desafíos más importantes a encarar: buscar definir el perfil del servicio al que las iglesias son llamadas a dar en esta nueva etapa de la conformación del mundo social y económico, y comenzar a generar pensamientos y análisis teológico sobre los datos de esta nueva realidad. La pregunta por cómo puede responder en esta nueva hora en forma efectiva y creativa al llamado del Señor cuando convoca a sus seguidores a ser “testigos hasta el final”, será siempre la pregunta con la cual toda iglesia ha de comenzar a vislumbrar su proyecto misionero …(Pág. 110)


IV. Testimonios

La presente sección incluye doce testimonios de personas que estuvieron involucradas en organismos  de derechos humanos y que accedieron a contar sus experiencias … (Pág. 111)


V. Conclusión

Pensamientos y evaluaciones

El recorrido de casi veinticinco años de testimonio de las iglesias en la Argentina nos deja un grupo de pensamientos y sabores que tendrán que ir madurando en los primeros años del próximo siglo …

Recorrer los días y los hechos hace surgir en el pensamiento una fuerza inmensa que llama a la esperanza. Porque el descenso a los infiernos que significó abrir los ojos a una realidad atroz, y a la valentía de aquellos que pudiendo mirar para otro lado decidieron en fidelidad a Dios encarar la tarea de echar luz donde las tinieblas habían ya plantado su campamento, no puede menos que invitarnos a mirar con gratitud hacia atrás y con responsabilidad hacia delante … (Pág. 155)




LIBRO RECOMENDADO:

“Iglesias evangélicas y derechos humanos en la Argentina (1.976/1.998)”
Autores: Pablo R. Andiñach – Daniel Bruno
2001 Ediciones LA AURORA –
Departamento de publicaciones de la Federación Argentina de Iglesias Evangélicas
Páginas 160
ISBN 950-551-136-1




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